viernes, 9 de marzo de 2012

NACIONALISMO Y AUTODETERMINACION




Autor: Juan Ferrando Badia (q.e.p.d.)

La Nación ha sido considerada como el resultado de un proceso histórico que había concluido antes del nacimiento del Estado. Éste aparecía como la cristalización jurídico-política de la Nación preexistente. De ahí que se plantease, lógicamente, el problema de que a toda Nación correspondería un Estado.
La doctrina predominante vincula el concepto de nación y de nacionalidades a su consustancial tendencia de autogobierno independiente. La definición comúnmente aceptada de Nación es la que nos brinda Max Weber, en su libro Economía y Sociedad: "Una nación es una comunidad de sentimientos que se manifiesta de modo adecuado en un Estado propio; en consecuencia, una nación es una comunidad que normalmente tiende a producir un Estado propio".
Se puede afirmar que:
1º) El término "nacionalidad" utilizado por nuestros constituyentes nada tiene que ver con el concepto científico y político que del mismo se ha tenido hasta ahora;
2º) que el concepto de "nacionalidad", que incluye nuestra Constitución no implica la idea de "autodeterminación", y en modo alguno la de que las nacionalidades históricas y cualquier otra nacionalidad goza del poder constituyente capaz de darse sus propias Constítuciones.
De ahí que nuestra Constitución no cree un Estado federal, sino autonómico. A quien pretenda dar cabida en nuestro texto Constitucional a la idea de que estamos en presencia de un Estado federal o federable -sin modificarlo- se le puede recomendar que tenga presente, el artículo 1º, párrafo 2º, que habla de la soberanía nacional, y varios artículos (144, 146, 147, 149) y, fundamentalmente, el 151, apartado 4º, que dice literalmente: "‘Si el proyecto de Estatuto es aprobado en cada provincia por la mayoría de los votos válidos emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los Plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado el Estatuto el Rey lo sancionará y lo promulgará como Ley"
Todo ello implica que nuestra Constitución se asienta en un único poder constituyente, y que crea un Estado autonómico y no federal. Lo que implica también que nuestra Constitución se basa en una única Nación soberana, excluyendo de su seno la existencia de una pluralidad de naciones, como pretenden algunos y, por supuesto, el derecho a la autodeterminación, que ciertos grupos políticos reclaman en la actualidad, colocándose fuera de la Constitución.
Tengamos en cuenta también que la propia Comisión Constitucional rechazó una enmienda por la que se pretendía que se reconociera constitucionalmente el derecho a la autodeterminación de una nacionalidad, cuando así lo hubieran decidido las poblaciones afectadas mediante referéndum... El rechazo de tal enmienda viene a ser una razón más, si cabe, contra la afirmación de que nuestra Constitución encierra una concepción política de nacionalidad y contra la que sostiene que nuestro Estado es federal o federable y no autonómico.
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� e 9 �2 p4 o-bidi-font-size:10.0pt'>En Bulgaria, el apoyo de los bogomilos hizo que finalmente Juan III Asen pudiera derrocar a su primo Boril y ser reconocido como rey.

El Emperador Teodoro I de Nicea contrajo matrimonio con María, hija de la Emperatriz Latina Yolanda, en un intento de recuperar Constantinopla.

En Chipre murió el rey Hugo I y fue sucedido por su hijo Enrique I de Lusignan, que tenía entonces un año de edad.

Juan de Brienne, el regente de Jerusalén, declaró la guerra a Safadino y asedió el puerto de Damieta, en Egipto, donde se le unió una parte de los contingentes de la quinta cruzada. El sultán dejó a su hijo al-Kámil en El Cairo y marchó a Siria para dirigir la lucha contra los cruzados que habían quedado en Palestina, pero murió poco después. Fue sucedido por al-Kámil, quien perdió Damieta en 1219. Francisco de Asís se unió a los cruzados y trató de convertir a al-Kámil.

El obispo de Barcelona, Berenguer de Palau, llamó a Raimundo de Peñafort, un religioso catalán que, tras haber estudiado derecho en Bolonia durante seis años, llevaba ya tres ejerciendo el magisterio. Puso por escrito sus enseñanzas en su Summa Iuris. Ahora fue nombrado canónigo de la catedral de Barcelona y prestó su apoyo a Pedro Nolasco y su orden de Santa Eulalia.
Luis el León, el hijo de Felipe II de Francia, atacó sin éxito el condado de Tolosa.

El rey Alfonso IX de León fundó la Universidad de Salamanca.

El rey Valdemar II de Dinamarca reunió una flota con la que derrotó a los estonios y se dispuso a convertirlos al cristianismo. Fundó la ciudad de Reval. 

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