Conferencia de Francisco Caja, Profesor de Filosofía
de la Universidad de Barcelona y Presidente de “Convivencia Cívica Catalana”,
organizada por AMICS DE FRAGA.- Fecha= 15-Marzo-2.002
Podemos,
llegados hasta aquí, aprender una especie de regla del nueve para comprobar la
corrección política de cualquier política lingüística, de cualquier Ley de
normalización lingüística como se las ha llamado, impropiamente. Pero quizás
estoy yendo demasiado deprisa, me estoy anticipando en las conclusiones. De
momento, y seguro que en el debate que seguirá a mi intervención y las de los representantes
de FACAO habrá tiempo para esta cuestión tan importante, les diré los
siguiente: hablar de lengua de un territorio, de lengua propia, es además de
una prosopopeya (esto es, una forma figurada o impropia de hablar, y el derecho
poco tiene que ver con la mala literatura o la mitología), una manera de
arrebatar a las personas el bien más preciado que poseen: su capacidad de
lenguaje, para asignarlo a la tierra, el humus inerte, introducir en nuestra
vida política una ley irracional e insensata, la ley de los ancestros, los que se han reintegrado
en el humus, la tierra sagrada, la Ley de los muertos, que, no quisiera
resultarles intemperante, son desenterrados para hacer de su voz ancestral el
fundamento del orden político. Pero es que ni siquiera los poetas están de
acuerdo. Uds. recordarán las palabras de un poeta insigne: allá los muertos que
entierren como Dios manda a sus muertos. En ningún caso la tierra o los
derechos de un territorio pueden alzarse como fundamento del orden político.
Ello significaría invertir los fundamentos del orden político que, como la CE
establece, no son otros que la dignidad de la persona, los derechos inviolables
que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la
ley y a los demás, y que, como la CE
añade son el fundamento de la paz social. Invocar los derechos de los
territorios, o, lo que es lo mismo, fundar una ley de lenguas en el concepto
de lengua propia de una territorio es encender la hoguera de la discordia y la
guerra social.
Pero
volvamos a la senda de la Constitución, a la patria que es para todos nosotros
la Constitución española de 1978. La tercera de nuestras preguntas: ¿Qué se
entiende por oficialidad lingüística y de qué modo la oficialidad es una
garantía de la libertad lingüística?
Una lengua es oficial cuando es reconocida por los
poderes públicos “como medio normal de comunicación en y entre ellos (los
poderes públicos) y en relación con los sujetos privados, con plena validez y
efectos jurídicos”. A menudo se hace un uso perverso del concepto de
oficialidad de la lengua. Y así el que una lengua sea “oficial” sirve como título para
imponerla coactivamente a los ciudadanos: porque es la lengua oficial, esto es,
la lengua de los poderes públicos es la lengua que deben usar los ciudadanos obligatoriamente. Pero, el sentido y
función propios de la oficialidad es justamente el contrario: como los ciudadanos
hablan una determinada lengua, los poderes públicos están obligados, se
comprometen a otorgar plena validez y efectos jurídicos a esa lengua. Los
poderes públicos, para garantizar la libertad de la lengua, están obligados a
usar normalmente esa lengua y otorgarle plena validez. De otro modo, la
oficialidad supondría un injerencia ilegítima del poder público en el ámbito de
la libertad de la lengua. Aquí, como siempre, son los ciudadanos los que
obligan a los poderes públicos y no a la inversa. La oficialidad es así una
garantía público-institucional de la libertad de la lengua y no una patente de
corso de los poderes públicos para la imposición de una lengua, cualquiera que
ésta sea, a los ciudadanos.
Lo
mismo sucede respecto al último de los conceptos que analizaremos hoy en
relación al de la libertad de la lengua: la llamada, en mi opinión
impropiamente, “normalización lingüística”. La llamada normalización
lingüística, las leyes de la lengua, son legítimas si y sólo si se orientan a
garantizar el máximo de libertad de los ciudadanos en materia lingüística. Uds.
saben que, de ordinario, normalmente, las cosas no son así. El caso de la
relativamente reciente Ley de Política Lingüística aprobada por del Parlamento
de Cataluña es una muestra ejemplar de ley impositiva, autoritaria, que no se
propone la libertad de los hablantes, la libertad de la lengua, sino que por el
contrario tiene un objetivo que hemos de calificar de anticonstitucional:
lograr que más del 50% de los ciudadanos de
Cataluña, aquellos que tienen como lengua habitual el castellano,
cambien su lengua de uso por el catalán. Porque de las dos lenguas que hablan
los ciudadanos de Cataluña, sólo una, el
catalán, es considerada lengua “propia” de Cataluña. De esta manera se
discrimina de forma incontestable a más de la mitad de los ciudadanos de
Cataluña. Es ésta una grave situación de injusticia que sufrimos los ciudadanos
de Cataluña. Una situación que introduce en la vida pública catalana un factor
de grave conflicto y que establece unas
condiciones de grave desigualdad y de ausencia de libertad. Y ello es
perjudicial tanto para castellanohablantes como para catalanohablantes, porque,
como hemos visto, sólo la igualdad y la libertad aseguran la paz social. En
ningún caso el fomento de una lengua cuyo uso ha sido prohibido por razones
histórico-políticas legitima al poder político para vulnerar la soberanía del
ciudadano para decidir cuál de las lenguas cooficiales es su lengua de uso. Y por supuesto, por lo
que hace al caso de Aragón Oriental, utilizar la oficialidad para imponer una
lengua ajena y eliminar aquella lengua o modalidad lingüística, que, como hemos
visto, la Constitución reconoce como un “patrimonio cultural que será objeto de
especial respeto y protección”, hablan efectivamente los ciudadanos de una
determinada zona geográfica de España, sería pervertir de raíz el significado
constitucional de ese concepto y atentar gravemente contra la libertad de
lengua.
Tienen
aquí, y ya es la hora de finalizar mi intervención, un conjunto de sencillas reglas, las
establecidas en nuestra constitución, para solucionar los problemas políticos
que surgen inevitablemente –y digo inevitablemente, pues la ideología que se
impone en esta materia, y de cuya imposición son responsables los poderes
políticos, los que gobiernos, sean éstos estatales, autonómicos o locales, no
es la emanada de la Constitución, sino aquella que denominamos nacionalismo.
Permítanme concluir con esta sencilla idea: el problema no es la lengua, o
la diversidad lingüística, el problema político al que nos enfrentamos,
tiene un nombre concreto: nacionalismo, el uso perverso que de la lengua, el
instrumento más poderoso de la comunicación humana, hace el nacionalismo, que
lo utiliza políticamente para dividir, para establecer fronteras, para
establecer la desigualdad política entre ciudadanos.
Espero
que mis palabras les hayan sido de alguna utilidad. Muchas gracias pos su
presencia y atención.
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