domingo, 16 de diciembre de 2012

LA EXPULSIÓN DE LOS MORISCOS, SUS RAZONES JURÍDICAS Y CONSECUENCIAS ECONOMICAS PARA LA REGION VALENCIANA (X)




Autor: Antonio Magraner Rodrigo
Valencia 1975
ARV. Signatura 1607-2498


 A fines de 1601 el Arzobispo de Valencia elevó a las gradas del trono ocupado por el sucesor de Felipe II un memorial acerca de los moriscos. En él hacía resalta Ribera la tenacidad y “obstinación (de aquella raza) con la Fe Católica, el odio y aborrecimiento de su Rey y el deseo de verse debaxo del dominio del Turco o de cualquier otro tirano”. Y Añadía que “éstos (los moriscos) han quedado con nueva y mayor obstinación, porque ninguno de ellos ha querido usar el edicto de gracia ni mostrado un punto de afición a la doctrina del Evangelio...”.

Hablaba también el santo del interés de los moriscos en practicar sus ceremonias, singularmente los ayunos y casamientos, y el continuo contacto que entre sí tenían para mantenerse en el fervor alcoránico, deduciendo aquel santo prelado, después de denunciar al Rey todas estas cosas, “dos puntos de mucha sustancia”: el primero, el escrúpulo de los prelados en administrar y mandar que se administrase el bautismo a “esta gente” por el peligro de la apostasía, consecuente al amor que profesaba la Ley de Mahoma; el segundo, el grave peligro que amenazaba a la unidad política de nuestra nación. Y concluía este primer memorial pidiendo a Monarca que mandase tomar, en este asunto, “la resolución que pareciese conveniente”, y que sus Consejos no tratasen del mismo a la ligera “sino muy de propósito y como el mayor negocio que ni tiene ni ha tenido ni tendrá su Real Corona...”.

Aquella serena y razonada exposición de eh3chos, narrados con la mayor claridad y sencillez, causó una gran impresión en el ánimo del Rey y el de su valido, y compelido el Patriarca, por Felipe III, a que ampliase sus razonamientos y, con el mayor sigilo,  le recomendase los remedios suaves y provechosos que decía tener pensados, no se hizo esperar la respuesta de don Juan de Ribera, quien, en 21 de enero de 1602 satisfizo la regia petición con un segundo memorial, explanando su pensamiento y aduciendo nuevas pruebas de la vasta conjura entre los enemigos de España y los moriscos,  dispuestos éstos a sacudirse el yugo de nuestro gobierno.

Lo más interesante de este nuevo informe es la división que el Patriarca hace de los moriscos, en dos clases: en la primera incluye a “los que están sueltos o libres”, es decir, que no dependen de ningún señor particular, encontrándose en este caso los de Granada, desparramados por toda Castilla, Andalucía y Extremadura; y en la segunda, a “los vasallos originarios de señores”, que eran los d e Aragón y Valencia y, después de describir la condición social de los primeros, termina recomendando al Rey su expulsión, “sin que quede hombre ni mujer, grande ni pequeño”, salvo algunas excepciones, y abogando, no por la conversión de los valencianos y aragoneses, sino por la instrucción primero, sin abandonar la extinción paulatina de éstos y siempre por medios lícitos.

Pero antes de que se llevase a cabo aquella excepcional medida, ya estudiada por el Consejo de Estado en 1582, aún propuso el Patriarca que, antes, se abriese una información acerca de la conducta observada por tales moriscos libres, y cerciorado el Rey de la herejía y apostasía manifiesta, “los condene en perdimiento de todos sus bienes, así muebles como raíces y en destierro perpetuo de sus Reynos, prefijando el tiempo que pareciere, pero breve, para que salgan a cumplirlo”.

El efecto que estos memoriales produjeron en el ánimo de Felipe III –quien, precisamente, acababa de pronunciarse por la expulsión en la consulta que le presentó el Consejo de Estado, en 3 de enero de 1602- fue aún mas profundo que en los anteriores y el Conde de Villalonga lo revelaba al Arzobispo de Valencia en carta que le escribiera, en dos de febrero de aquel mismo año. “El Rey, decía, ha abierto los ojos,  con tanta claridad y zelo, que espero, en Dios, de desta vez se tomará resolución de los que se ha de hazer y se executará.” La minuta de la pragmática de expulsión que no tardó en redactarse, y que se conserva en el Archivo de Simancas, prueba la verdad de las anteriores afirmaciones. Por ello, cuando en la Cortes de Valladolid, del citado año, los procuradores se dirigieron al Rey, suplicándole proveyese el remedio en el asunto de los moriscos, éste pudo contestar que en lo referente al Reino de Valencia, “estaba ya dada la orden que había parecido más conveniente”. Mas... no había llegado aún el momento oportuno.

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