LOS CONDADOS DE LA "MARCA HISPÁNICA" DEL REINO FRANCO.
Autor: Jaume de la Serra
Los territorios de lo que hoy día se conoce como Cataluña (Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona) no formaron una entidad político-administrativa hasta hace relativamente poco tiempo. Por poner un ejemplo, la unidad catalana es posterior a la del Reino de Valencia, que ya era una unidad política autónoma y soberana antes de que se creara Cataluña como ente político unido.
Usualmente, los catalanes se remiten al siglo IX y a los "condados catalanes" para reivindicar su existencia histórica como país. Esto es algo del todo incierto, ya que en principio y en aquel tiempo no eran ni una unidad política independiente, ni recibían el nombre de "catalanes", sino que cada condado tenía su propio nombre (Condado de Barcelona, de Urgell, etc...) y eran simples divisiones territoriales o "provincias" pertenecientes al "Reino Franco" y gobernadas por un "conde" instituido por el rey de los francos (los "francos" eran un pueblo germánico, lo mismo que los visigodos, suevos, alanos, etc...). Estos condados o provincias eran los territorios que el rey franco Carlomagno, había conquistado con sus tropas cristianas a los moros que en aquel momento ocupaban "Hispania". (Esta frontera sur del territorio franco, colindante a las tierras musulmanas, era conocida como la "Marca Hispánica").
Tanto condes, como condados estaban bajo el mando y jurisdicción del rey franco, siendo los condes unos meros administradores colocados "a dedo" por el monarca, sin derecho a entregar el condado en herencia a sus descendientes.
Con el paso del tiempo y aprovechando momentos difíciles del Reino Franco, los condes o administradores de estos condados, comenzaron a dar rienda suelta a sus ambiciones personales, colocándose en rebeldía ante el monarca y desobedeciendo la ley regia que los legitimaba como condes. A partir de ese momento y en contra de lo establecido hasta entonces, los condes, sin que legalmente nada los amparara, se tomaron la licencia de convertir el condado en hereditario y poder así entregarlo a su clan familiar.
Legalmente todos estos condados continuaban perteneciendo al Reino Franco, aunque a causa de su debilitamiento, éste nunca pudo acometer una acción bélica para restaurar el orden roto por sus subordinados.
Un dato que demuestra que no se los consideraba territorios independientes del Reino Franco fué el hecho de que nunca obtuvieron la conformidad "Papal" para acceder al rango de "reino". Ni tan siquiera uno de ellos por separado, y aún mucho menos, en un conjunto falto de unidad donde cada cual trataba de imponer sus ambiciones al resto. Solo poco a poco, a través de los enlaces matrimoniales entre la progenie de los diferentes "condes" hubo un acercamiento de "condados", al aglutinarse bajo una amalgama de intereses hereditarios algunos de ellos.
Para aquel entonces, el Condado de Castilla y el Condado de Aragón, formados fuera de los territorios francos, ya habían obtenido la conformidad y beneplácito "Papal" para convertirse en "Reinos", a la vez que "reyes" sus respectivos titulares. (La religión cristiana no solo era herramienta para elevar las almas a los cielos, era el instrumento político por excelencia. En occidente era el "Papa" el que legitimaba o no, a reyes y reinos con su bendición "divina". Bendición que nunca dió a los "condados" de la "Marca Hispánica").
Autor: Jaume de la Serra
Los territorios de lo que hoy día se conoce como Cataluña (Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona) no formaron una entidad político-administrativa hasta hace relativamente poco tiempo. Por poner un ejemplo, la unidad catalana es posterior a la del Reino de Valencia, que ya era una unidad política autónoma y soberana antes de que se creara Cataluña como ente político unido.
Usualmente, los catalanes se remiten al siglo IX y a los "condados catalanes" para reivindicar su existencia histórica como país. Esto es algo del todo incierto, ya que en principio y en aquel tiempo no eran ni una unidad política independiente, ni recibían el nombre de "catalanes", sino que cada condado tenía su propio nombre (Condado de Barcelona, de Urgell, etc...) y eran simples divisiones territoriales o "provincias" pertenecientes al "Reino Franco" y gobernadas por un "conde" instituido por el rey de los francos (los "francos" eran un pueblo germánico, lo mismo que los visigodos, suevos, alanos, etc...). Estos condados o provincias eran los territorios que el rey franco Carlomagno, había conquistado con sus tropas cristianas a los moros que en aquel momento ocupaban "Hispania". (Esta frontera sur del territorio franco, colindante a las tierras musulmanas, era conocida como la "Marca Hispánica").
Tanto condes, como condados estaban bajo el mando y jurisdicción del rey franco, siendo los condes unos meros administradores colocados "a dedo" por el monarca, sin derecho a entregar el condado en herencia a sus descendientes.
Con el paso del tiempo y aprovechando momentos difíciles del Reino Franco, los condes o administradores de estos condados, comenzaron a dar rienda suelta a sus ambiciones personales, colocándose en rebeldía ante el monarca y desobedeciendo la ley regia que los legitimaba como condes. A partir de ese momento y en contra de lo establecido hasta entonces, los condes, sin que legalmente nada los amparara, se tomaron la licencia de convertir el condado en hereditario y poder así entregarlo a su clan familiar.
Legalmente todos estos condados continuaban perteneciendo al Reino Franco, aunque a causa de su debilitamiento, éste nunca pudo acometer una acción bélica para restaurar el orden roto por sus subordinados.
Un dato que demuestra que no se los consideraba territorios independientes del Reino Franco fué el hecho de que nunca obtuvieron la conformidad "Papal" para acceder al rango de "reino". Ni tan siquiera uno de ellos por separado, y aún mucho menos, en un conjunto falto de unidad donde cada cual trataba de imponer sus ambiciones al resto. Solo poco a poco, a través de los enlaces matrimoniales entre la progenie de los diferentes "condes" hubo un acercamiento de "condados", al aglutinarse bajo una amalgama de intereses hereditarios algunos de ellos.
Para aquel entonces, el Condado de Castilla y el Condado de Aragón, formados fuera de los territorios francos, ya habían obtenido la conformidad y beneplácito "Papal" para convertirse en "Reinos", a la vez que "reyes" sus respectivos titulares. (La religión cristiana no solo era herramienta para elevar las almas a los cielos, era el instrumento político por excelencia. En occidente era el "Papa" el que legitimaba o no, a reyes y reinos con su bendición "divina". Bendición que nunca dió a los "condados" de la "Marca Hispánica").
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