jueves, 5 de julio de 2012

LA EXPULSION DE LOS JUDIOS (y VII)



JUDÍOS ESPAÑOLES EN LA EDAD MEDIA
LUIS SUÁREZ FERNÁNDEZ
EDICIONES RIALPMADRID 1980
Extraído de Internet
CAPÍTULO X

 Triste final
     El dolor, la angustia y el sufrimiento de los judíos, víctimas, en último término, de la maduración política de una nación, sucedieron a la vista de todos. Constituye una lección para nosotros, cristianos, la actitud de sus contemporáneos. Cuando una sociedad llega a convencerse a sí misma de que es dueña absoluta de la verdad -summum ius- corre el peligro de creer que es justa la mayor injusticia de todas, el desconocimiento de la dignidad ajena -summa iniuria-. Todo esto sucedió en España en 1492. Es verdad que no existen entonces los horrores del exterminio ni de las cámaras de gas, que es lo único que parece ahora estremecernos. Pero hay algo más terrible que estos lamentables progresos en la técnica de matar que nos ha proporcionado el mundo moderno: permanece inalterable la ignorancia de los deberes humanos hacia esa esencia del hombre mismo que es su religión. Muchos cristianos les vieron, arrastrándose por los caminos, en su desdicha, «desnudos, descalzos y llenos de piojos, muertos de hambre». Pero, en el dolor de su alma, pensaban: «ved qué desventuras, qué plagas, qué deshonras ... vinieron del pecado de la incredulidad».
     Por otra parte, las deudas que habían quedado sin cobrar en manos de terceros, también tuvieron quebranto, lo mismo que las letras. En agosto de 1492 fue presentada, ante el Consejo real, una denuncia de que dichas deudas eran, todas o casi todas, fruto de la usura; se cursó una orden (la de septiembre) para que no se pagasen hasta que fuera comprobada, en cada caso, la verdad de la acusación. De dicha orden se exceptuaron las que, procedentes de Abravanel, habían pasado al tesoro y las que, del mismo modo, recibieran el cardenal Mendoza y su iglesia de Toledo. Poco después, el Consejo fue informado de otro hecho: algunos judíos, sobornando a oficiales del rey en la frontera, habían conseguido sacar oro y plata; bajo esta acusación fue detenido el corregidor de Valencia de Alcántara. Los reyes extendieron de nuevo a toda la comunidad judía la responsabilidad incumbente a unos pocos y ofrecieron a los banqueros un beneficio del 20 por 100 si abonaban al tesoro las letras, que declararon confiscadas. El 26 de julio de 1494 se dictó una orden general para que todas las deudas judías aún pendientes se abonasen a la Cámara.
     Nuestra historia tiene, en efecto, un final triste. Para cerrarla es preferible acudir al testimonio de los propios judíos. Cuando Isaac Abravanel escribe, ya en Italia, sus comentarios al Libro de Daniel, que tituló Las fuentes de la salvación, cuidó de recordar a sus lectores judíos que la profecía es un don de Dios mismo, y no del Activo Intelecto, como dijera Maimónides. Ahí, añadió, comenzaron las desdichas, al interferir con términos filosóficos las verdades de la fe. Entre todos los pueblos de la tierra, sólo Israel ha recibido el don de la profecía; sólo él se gobierna por una Ley divina, mientras que los demás deben conformarse con la Ley natural. Pronto vendrá el Mesías, porque la prueba decisiva ha tenido ya lugar con la expulsión. Salomón ibn Verga, en la Vara de Judá, completó el pensamiento en un tono aún más exquisitamente religioso, reflexionando sobre las «violencias y persecuciones que padecieron los israelitas en tierra de infieles y que yo he traducido para que las conozcan y aprendan los hijos de Israel y se conviertan implorando piedad al Señor de las misericordias, de modo que El, en gracia a los que sufrieron, perdone sus pecados y, a sus aflicciones, diga: basta».
 NOTAS
1 B. Netanyahu, Don Isaac Abravanel, statesman and philosopher, Filadelfia 1968.
2 S. Haliczer, The castilian urban Patriciate and the Jewish Expulsion of 1480-1492. -American Historical Review., núm. 78, 1973, pp. 35-58
3 H. Kamen, La Inquisición española, trad. esp., Madrid 1973, p. 23. Las páginas iniciales de este libro adolecen de información muy atrasada. No se puede decir que la aristocracia castellana fuese en esta época feudal, sino señorial. Tampoco tiene en cuenta la profunda diferencia entre la sociedad judía del siglo XV y la de las épocas anteriores.
4 Para un análisis del proceso, y la bibliografía pertinente, acudir a 1. Baer, 11, pp. 398-423. La documentación fue publicada por F. Fita, La verdad sobre el martirio del Santo Niño de la Guardia, «B. A. H.», XI, 1887, pp. 7-134.
5 M. Kriegel, loco cit., «Rev. Hist.», p. 79.
6 La leyenda dice que Torquemada reprochó a Fernando e Isabel que, como Judas, querian vender a Jesucristo. B. Netanyahu (op. cit., p. 280), utilizando fuentes italianas posteriores, cree, sin embargo, que esta leyenda puede tener algún fundamento real. Las negociaciones entre los monarcas y Abravanel sí son comprobables por medio de las fuentes.
7 Esta cifra aparece ya en el artículo Die Vertreibung der Jüden aus Spanien, 1936. y se repite en I. Baer, 11, p. 438. Los datos de Bernáldez son muy interesantes: entre otras cosas, establecen una proporción de 4,5 personas por casa. Esto no quiere decir que la cifra, tan redonda, 30.000 y 6.000, deba ser tomada con precisión matemática. En mi trabajo Documentos, etc., pp. 55-57, intenté una nueva aproximación al tema utilizando las listas de las contribuciones de las aljamas a la guerra de Granada, que son muy precisas entre 1482 y 1491. Sabemos que había una relación directa entre lo que paga cada aljama y el número de habitantes, pues una parte del impuesto se calculaba como capitación. Por otra parte, sabemos que Cáceres tenía 130 familias, y Talavera, 168. Haciendo una sencilla operación matemática encontramos un total que oscila entre 14.400 y 15.300 familias. Estableciendo un factor correctivo, puesto que hay judíos exentos, podríamos encontramos con 90.000 judíos habitantes en Castilla y 10.000 ó 12.000 para la corona de Aragón. 

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