JUDÍOS ESPAÑOLES EN LA EDAD MEDIA
LUIS SUÁREZ FERNÁNDEZ
EDICIONES RIALPMADRID 1980
Extraído de Internet
CAPÍTULO X
Triste final
El dolor, la angustia y el
sufrimiento de los judíos, víctimas, en último término, de la maduración
política de una nación, sucedieron a la vista de todos. Constituye una lección para
nosotros, cristianos, la actitud de sus contemporáneos. Cuando una sociedad
llega a convencerse a sí misma de que es dueña absoluta de la verdad -summum
ius- corre el peligro de creer que es justa la mayor injusticia de todas,
el desconocimiento de la dignidad ajena -summa iniuria-. Todo esto
sucedió en España en 1492. Es verdad que no existen entonces los horrores del
exterminio ni de las cámaras de gas, que es lo único que parece ahora
estremecernos. Pero hay algo más terrible que estos lamentables progresos en la
técnica de matar que nos ha proporcionado el mundo moderno: permanece
inalterable la ignorancia de los deberes humanos hacia esa esencia del hombre
mismo que es su religión. Muchos cristianos les vieron, arrastrándose por los
caminos, en su desdicha, «desnudos, descalzos y llenos de piojos, muertos de
hambre». Pero, en el dolor de su alma, pensaban: «ved qué desventuras, qué
plagas, qué deshonras ... vinieron del pecado de la incredulidad».
Por otra parte, las deudas que
habían quedado sin cobrar en manos de terceros, también tuvieron quebranto, lo
mismo que las letras. En agosto de 1492 fue presentada, ante el Consejo real,
una denuncia de que dichas deudas eran, todas o casi todas, fruto de la usura;
se cursó una orden (la de septiembre) para que no se pagasen hasta que fuera
comprobada, en cada caso, la verdad de la acusación. De dicha orden se
exceptuaron las que, procedentes de Abravanel, habían pasado al tesoro y las
que, del mismo modo, recibieran el cardenal Mendoza y su iglesia de Toledo.
Poco después, el Consejo fue informado de otro hecho: algunos judíos,
sobornando a oficiales del rey en la frontera, habían conseguido sacar oro y
plata; bajo esta acusación fue detenido el corregidor de Valencia de Alcántara.
Los reyes extendieron de nuevo a toda la comunidad judía la responsabilidad
incumbente a unos pocos y ofrecieron a los banqueros un beneficio del 20 por
100 si abonaban al tesoro las letras, que declararon confiscadas. El 26 de
julio de 1494 se dictó una orden general para que todas las deudas judías aún
pendientes se abonasen a la Cámara.
Nuestra historia tiene, en efecto,
un final triste. Para cerrarla es preferible acudir al testimonio de los
propios judíos. Cuando Isaac Abravanel escribe, ya en Italia, sus comentarios
al Libro de Daniel, que tituló Las fuentes de la salvación, cuidó de
recordar a sus lectores judíos que la profecía es un don de Dios mismo, y no
del Activo Intelecto, como dijera Maimónides. Ahí, añadió, comenzaron las
desdichas, al interferir con términos filosóficos las verdades de la fe. Entre
todos los pueblos de la tierra, sólo Israel ha recibido el don de la profecía;
sólo él se gobierna por una Ley divina, mientras que los demás deben
conformarse con la Ley natural. Pronto vendrá el Mesías, porque la prueba
decisiva ha tenido ya lugar con la expulsión. Salomón ibn Verga, en la Vara
de Judá, completó el pensamiento en un tono aún más exquisitamente
religioso, reflexionando sobre las «violencias y persecuciones que padecieron
los israelitas en tierra de infieles y que yo he traducido para que las
conozcan y aprendan los hijos de Israel y se conviertan implorando piedad al
Señor de las misericordias, de modo que El, en gracia a los que sufrieron,
perdone sus pecados y, a sus aflicciones, diga: basta».
NOTAS
1 B.
Netanyahu, Don Isaac Abravanel, statesman and philosopher, Filadelfia
1968.
2 S.
Haliczer, The castilian urban Patriciate and the Jewish Expulsion of 1480-1492.
-American Historical Review., núm. 78, 1973, pp. 35-58
3 H. Kamen, La Inquisición española, trad. esp.,
Madrid 1973, p. 23. Las páginas iniciales de este libro adolecen de información
muy atrasada. No se puede decir que la aristocracia castellana fuese en esta
época feudal, sino señorial. Tampoco tiene en cuenta la profunda diferencia entre
la sociedad judía del siglo XV y la de las épocas anteriores.
4 Para un análisis del proceso, y la bibliografía
pertinente, acudir a 1. Baer, 11, pp. 398-423. La documentación fue publicada
por F. Fita, La verdad sobre el martirio del Santo Niño de la Guardia, «B.
A. H.», XI, 1887, pp. 7-134.
5 M. Kriegel, loco cit., «Rev. Hist.», p. 79.
6 La leyenda dice que Torquemada reprochó a Fernando e
Isabel que, como Judas, querian vender a Jesucristo. B. Netanyahu (op. cit.,
p. 280), utilizando fuentes italianas posteriores, cree, sin embargo, que
esta leyenda puede tener algún fundamento real. Las negociaciones entre los
monarcas y Abravanel sí son comprobables por medio de las fuentes.
7 Esta cifra aparece ya en el artículo Die Vertreibung
der Jüden aus Spanien, 1936. y se repite en I. Baer, 11, p. 438. Los datos
de Bernáldez son muy interesantes: entre otras cosas, establecen una proporción
de 4,5 personas por casa. Esto no quiere decir que la cifra, tan redonda,
30.000 y 6.000, deba ser tomada con precisión matemática. En mi trabajo Documentos,
etc., pp. 55-57, intenté una nueva aproximación al tema utilizando las
listas de las contribuciones de las aljamas a la guerra de Granada, que son muy
precisas entre 1482 y 1491. Sabemos que había una relación directa entre lo que
paga cada aljama y el número de habitantes, pues una parte del impuesto se
calculaba como capitación. Por otra parte, sabemos que Cáceres tenía 130
familias, y Talavera, 168. Haciendo una sencilla operación matemática
encontramos un total que oscila entre 14.400 y 15.300 familias. Estableciendo
un factor correctivo, puesto que hay judíos exentos, podríamos encontramos con
90.000 judíos habitantes en Castilla y 10.000 ó 12.000 para la corona de
Aragón.
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