sábado, 10 de septiembre de 2011

APUNTES HISTÓRICOS SOBRE LOS FUEROS DEL ANTIGUO REINO DE VALENCIA (III)


D. Vicente Boix
Valencia 1855

 XLII Universidad literaria


     Muchos han sido los estatutos o reglamentos que han regido a esta escuela desde su fundación, los cuales señalaremos por su orden cronológico. Cuando en 1411 se acordó la reunión de todos los estudios que vagaban por la capital, y se erigió una sola escuela en la casa que era del noble Mosén Pedro Villarragut, se formaron los estatutos que debían regirla, así en la doctrina, como en el número de Cátedras, dotación de Profesores y demás correspondiente al gobierno del nuevo Establecimiento literario. Están escritos en latín con un lenguaje regular y más correcto que el de los siglos anteriores. En ellos se señalan las materias que habían de enseñarse, el tiempo que habían de durar las lecciones, y se proponen algunos autores para texto. Ellos, en fin, sirvieron de base para las constituciones que en lo sucesivo se formaron, y son una muestra de las ideas literarias de aquel tiempo.
     En 1499 se formaron nuevos estatutos y capítulos escritos en lemosín, y mucho más apreciables que los anteriores, porque especifican todas las ciencias y artes que se habían de enseñar, el número de Catedráticos y su dotación, el nombre de los que entonces fueron escogidos, las horas de estudio, los libros, actos, penas, oficios y otras costumbres pertenecientes a la literatura y política de aquel siglo. Dichas constituciones se perfeccionaron en las que se establecieron en 1611, escritas también en lemosín; en las cuales, si no un plan de estudios perfecto en todas sus partes, hállanse ya unas disposiciones que manifiestan la ilustración y celo de los que las promulgaron, quienes procuraron a la vez fomentar el estudio y moralizar la juventud. Para conseguir el primer objeto, dan a la enseñanza mayor ampliación de la que anteriormente tenía, y para lograr el segundo, imponen castigos proporcionados, ya para las faltas de respeto y sumisión, ya para las de asistencia en los días lectivos. Más adelante, en los años 1651 y 1674 todavía fueron modificados estos estatutos, más por el conocimiento y convicción de las necesidades de la época, que por el deseo de innovaciones.
En 1733 se publicaron nuevas constituciones, que rigieron hasta 1787: al formarlas el Claustro mayor, parece que se propuso por objeto conservar los antiguos usos y costumbres en cuanto dado le fuere; mas viendo que en el transcurso del tiempo hacía necesarias algunas variaciones, con especialidad en cuanto a las materias y método de enseñanza, las hizo sin perder de vista los adelantos del siglo.
     En 1787 el célebre Rector de esta Universidad Don Vicente Blasco, formó un nuevo plan de estudios para el régimen de la misma, presentándolo a S. M., y obteniendo su real aprobación. En él se establece una enseñanza más metódica; se designan las materias de cada asignatura, y la estensión que debe darlas el Profesor, y se señalan los libros de texto. Para llevar el profesorado a su debida perfección se establecen los egercicios a que deben sujetarse los aspirantes, ejercicios que eran de tal estensión, y abarcaban tantas materias, que los que obtenían la aprobación, con justicia podían mirarse como eminentes en la carrera literaria.
     Era ya llegada la época en que debía uniformarse la enseñanza en todas las Universidades de España y para satisfacer a esta necesidad, en 1807 se publicó y mandó observar en todas las escuelas del reino el plan de estudios que regía la de Salamanca, con algunas modificaciones. Mas esta disposición general en cuanto a la uniformidad de la enseñanza, sufría diferentes vicisitudes, nacidas sin duda del choque que empezaba ya a esperimentarse entre las antiguas y nuevas ideas. Así es que en 1811 volvió a renacer en esta escuela el plan de 1787, y duró hasta 1814, en que se mandó observar el de 1807.
     De 1819 a 1820 se gobernaron todas las Universidades por el plan de la de Salamanca de 1771, con las modificaciones hechas en la real orden de 26 de Setiembre de 1818. De 1820 a 1823 se volvió al plan de 1807, y de 1823 a 1824 al de 1771.
     En 1824 se publicó el plan general de estudios, que rigió hasta el arreglo provisional de 19 de Octubre de 1836, que estuvo vigente hasta 1815.
     Actualmente se espera otro plan de estudios; y es de desear que sea conforme a los progresos que se han hecho en todos los ramos del saber humano.
     El patronato de esta Universidad desde su fundación pertenecía esclusivamente al Ayuntamiento, el cual eligía los Rectores que la habían de gobernar, y nombraba los Pavordes, Catedráticos y demás empleados de la misma. Mas en 1707, cuando Felipe V tomó a la fuerza esta capital, despojó también al Ayuntamiento del patronato de la Universidad, como en castigo de su rebeldía. Pero en 1720, el mismo Felipe V, por una real cédula en que se hace honorífica mención de las ciencias que en esta escuela se enseñaban, y del buen nombre y esplendor que por ello tenía, devolvió al Ayuntamiento el patronato con todos sus derechos y prerogativas.
     Últimamente en 1827, pasando por esta capital el Sr. D. Fernando VII en su viage a Cataluña, visitó este Establecimiento, y al observar que todavía no se habían reparado las ruinas que en una gran parte del edificio causara el bombardeo que sufrió esta capital en 1812, mandó se procediera desde luego a su reparación, avocando a sí el patronato de esta escuela, poniéndola bajo su real protección. Y como quiera que se hicieran los mayores esfuerzos para dar cumplimiento a la real disposición, no pudo empero tener e1 debido efecto, ora por la falta de fondos, ora por otros obstáculos que lo impidieron. Estaba reservada esta gloria al reinado de Doña Isabel II, bajo cuyos generosos auspicios no sólo fueron reparadas las antiguas ruinas, sino que casi todo el edificio desapareció construyéndose como por encanto otro nuevo, que llama la atención de nacionales y estrangeros por suntuosidad y magestuosa solidez.

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